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¿Cuáles son los gastos que puedes deducir en tu declaración anual 2021
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¿Cuáles son los gastos que puedes deducir en tu declaración anual 2021?

El Servicio de Administración Tributaria señaló que las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual 2021.

La declaración anual 2021 corresponde al ejercicio fiscal 2020 y ya está a la ‘vuelta de la esquina’,

Es importante que tengas en cuenta cuáles son los gastos que hiciste durante el año pasado; con suerte obtendrás una devolución de saldo a favor del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En su definición, la declaración anual es un reporte en el que se detallan los ingresos y gastos que el contribuyente tuvo en el ejercicio fiscal anterior.

¿Cuáles son los gastos que puedes deducir en tu declaración anual 2021?

Debido a la pandemia, este año se puede realizar el proceso a través de la página de internet del SAT.

Según el formato solicitado por el SAT, la declaración anual debe contener:

  • Ingresos
  • Deducciones personales
  • Pagos provisionales
  • Retenciones

¿Cuándo se presenta la declaración anual 2021?

La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) señala que se debe presentar durante el mes de abril de cada año.

En el caso de las personas físicas, tienen hasta el 30 de abril para presentarla.

Mientras que las personas morales tiene como fecha límite el 31 de marzo.

Dicha declaración anual se presentará solo si:

  • Obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos en el año
  • Trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado la cifra mencionada
  • Solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu declaración anual

¿Cuándo se presenta la declaración anual 2021?

De igual forma, estás obligado a declarar ante el SAT si:

  • Dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate
  • Prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales
  • Obtuviste otros ingresos acumulables, además de salarios

¿Qué personas físicas sí deben presentarla?

Una persona física puede ser un empleado, un profesionista o un comerciante; mientras que la moral puede representar a una empresa, una sociedad mercantil o una asociación civil.

¿Qué personas físicas sí deben presentarla?

El SAT resalta que no todas las personas físicas deben hacer la declaración anual. Solo están obligados quienes se encuentren en casos como:

  • Trabajadores independientes por honorarios
  • Quienes hayan percibido ingresos anuales mayores de 400 mil pesos
  • Los que recibieron ingresos de dos patrones, aun cuando no sean mayores a 400 mil pesos
  • Quienes hayan percibido ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación
  • Las personas que cobran rentas de algún inmueble
  • Quienes hayan ganado algún premio (como la Lotería)

¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual?

Los gastos personales deducibles más comunes entre los contribuyentes son los honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.

En este caso, los gastos ocasionados por COVID-19 son uno de los rubros que puedes deducir en la declaración anual 2021.

Sin embargo, no se trata de los únicos gastos deducibles, pues también cuentan los siguientes:

  • Funerarios
  • Donativos, aportaciones voluntarias al SAR y primas por seguros de gastos médicos
  • Transportación escolar obligatoria y pagos por servicios educativos
  • Depósitos en cuentas especiales para el ahorro para el retiro
  • Créditos hipotecarios

Estos gastos serán deducibles si fueron efectuados por el contribuyente para sí mismo, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato. También son válidos para sus ascendientes o descendientes en línea recta.

¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual?

Dichas personas no deben percibir durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.

Los pagos de esos gastos tendrán que haber sido efectuados mediante:

  • Cheque nominativo del contribuyente
  • Transferencias electrónicas de fondos
  • Cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero
  • Tarjeta de crédito, débito o de servicios

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Con información de SAT, Uno TV y El Financiero

Portada: Archivo Cuartoscuro

Fotos interiores: Pixabay

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