La pensión ISSSTE por accidente o enfermedad ofrece tres tipos de incapacidad, según la situación del trabajador que la solicita.
Para tramitar la incapacidad por accidente, primero debes conocer qué tipo de pensión ISSSTE te corresponde.
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ofrece tres tipos de compensaciones. Dependiendo de cuál sea tu caso, puedes acceder a este beneficio. En algunos casos, puedes acceder a una licencia con el 100 por ciento de tu sueldo.
Lo mejor de todo es que se trata de un trámite gratuito. Solo necesitas acudir al departamento de pensiones, seguridad e higiene del organismo.
Elige el más cercano a tu domicilio y presenta la documentación correspondiente. Nosotros te decimos de todo lo que necesitas.
Tipos de pensión ISSSTE
Incapacidad temporal
El ISSSTE la otorga a los trabajadores que han experimentado la pérdida de facultades o aptitudes. Es decir que se encuentran imposibilitados parcial o totalmente para llevar a cabo su trabajo.
En este caso, el trabajador tiene derecho a una licencia con el 100 por ciento de su sueldo.
Si pasados tres meses el empleado no puede reincorporarse a sus actividades, el ISSSTE solicitará los certificados médicos correspondientes. El objetivo es declarar la incapacidad permanente.
Incapacidad parcial permanente
Corresponde a la incapacidad inferior al 33 por ciento del rendimiento normal de un trabajador. Sin embargo, se distingue por no impedir la realización de sus tareas fundamentales.
Incapacidad total
Se otorga en casos de pérdida de facultades o aptitudes que la imposibilita a la persona para desempeñar cualquier trabajo por el resto de la vida.
Esta incapacidad se mantiene vigente hasta que el empleado cumple 65 años. A partir de ese momento, debe tramitar la pensión vitalicia del ISSSTE.
Si tienes dudas, consulta el siguiente enlace.
¿Cómo tramitar la incapacidad por accidente?
El derechohabiente o uno de sus familiares puede tramitar la incapacidad por accidente ante el ISSSTE.
Sin embargo, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar afiliado al ISSSTE
- Haber tenido un accidente o enfermedad durante o con motivo de tu actividad laboral
- Para incapacidad parcial permanente, se debe tener un porcentaje funcional mayor al 25 por ciento
- El empleador debe notificar al ISSSTE sobre el accidente. Tiene que hacerlo por escrito y en un plazo no mayor a tres días después del acontecimiento
- El organismo tiene que calificar el accidente como laboral para hacer válido el beneficio
- Acudir a la Delegación Estatal o Regional del ISSSTE más cercana al domicilio del derechohabiente
Recuerda que si no se realiza el trámite, el trabajador no tendrá acceso a la pensión a que tienen derecho.
Con información de Infobae, Milenio y Uno TV
Portada: Archivo Cuartoscuro
Interiores: Twitter @EjeCentral @ISSSTE_mx