La devolución automática del SAT se aplicará si las personas físicas presentan su declaración anual 2020 a más tardar el 31 de julio de 2021.
En internet surgió la duda sobre la devolución del saldo a favor entregado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Las personas físicas esperan que se concrete lo más pronto posible la resolución miscelánea fiscal en 2021.

Recordemos que en 2020 se dio paso al proceso de pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México. Cabe mencionar que el esquema se aplicará a quienes paguen lo correspondiente al ejercicio 2020 antes del 31 de julio.
La situación podrá cambiar si el SAT extiende el plazo de los usuarios para realizar el pago del ISR.
Para la declaración de las cifras superiores a 10 mil 001 pesos se necesita la e.firma, mientras que para los casos menores a dicha cantidad se requiere la contraseña.
Si el saldo a favor está entre 10 mil y 150 mil pesos se realizará la declaración con contraseña.
Es importante destacar que la cuenta CLABE debe coincidir con alguna que se haya insertado en el SAT.
¿Cómo sé si tengo saldo a favor?
Para saber si se tiene un saldo a favor con el SAT se deben seguir algunos pasos en línea.

Dicho monto representa los ingresos y gastos generados durante 2020 en el esquema de sueldos, salarios y asimilados.
- Lo primero que se debe realizar es ingresar al portal del SAT.
- Se elegirá la opción de Buzón tributario en dicha página.
- Acto seguido, se ingresará la información tributaria personal, la cual comprende la firma electrónica, el RFC y la contraseña.
- Después de enviar los datos será necesario la entrada al apartado de trámites y devoluciones.
- Recordemos que se necesitarán escanear los archivos relacionados con la declaración.
- Tras enviar la información se deberá imprimir el recibo que servirá más adelante para otra declaración.
En caso de no realizar el tramite en línea también se puede llevar a cabo de manera presencial al agendar una cita y acudir al establecimiento más cercano.
Pasos para la devolución automática del ISR
Para la devolución automática del ISR tras la declaración fiscal se requieren algunos pasos o estatutos.
Lo primero que se necesita de manera activa es la e.firma y la contraseña para los montos catalogados como ISR.

Cabe resaltar que la información debe estar precargada en el sistema SAT para no presentar contratiempos a futuro.
Para las personas que deseen cambiar la cuenta CLABE podrán hacerlo con la e.firma en el portal o presencialmente. Un dato para recordar es que no siempre se cubrirá un saldo ante el SAT, ya que puede resultar en lo contrario.
Los ciudadanos podrían llevarse la sorpresa de que reciban parte del ISR cubierto como dinero a favor en sus cuentas.
El SAT se encargará de examinar si se cumplieron los pasos de manera correcta para regresar el saldo.
En determinado caso de no recibir la retribución por la obligación fiscal se podrá reportar lo ocurrido ante la instancia.
¿Quiénes no tendrán devolución automática del SAT?
En relación con el SAT, se puede presentar el caso de las personas físicas que no reciban la devolución automática.

Con lo anterior se hace referencia a la gente que supere los montos declarados o que lo hagan tarde. Aquí te va la lista sobre los casos en los que no habría una resolución miscelánea fiscal.
- Las personas físicas que superen el saldo a favor de 150 mil pesos.
- No habrá retribución si el capital reportado no corresponde al de las declaraciones anteriores.
- Los contribuyentes que hicieron una devolución anterior no recibirán un saldo a favor.
- Las personas que no hagan su declaración anual o que la realicen pasando el 31 de julio.
- También aplica para quienes hicieron una solicitud con un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), pero que tengan operaciones presuntamente inexistentes en el sistema.
¿Qué te pareció la información sobre la devolución automática del SAT?
Con información de Uno TV Noticias, Dinero en Imagen y Milenio
Portada: Archivo Cuartoscuro
Fotos: Instagram (@satmx)
